COMUNICADO DE ZUÑIGA Y TOROS S.L. EN RELACIÓN CON LA RESOLUCIÓN DEL TARCYL EN CUANTO AL RECURSO DEL PLIEGO DE CONDICIONES DE LOS FESTEJOS TAURINOS DE ISCAR

 Con fecha 8 de Junio de 2022 nos ha sido notificada la resolución 96/2022 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León en la que reconocen todas nuestras pretensiones en relación al recurso interpuesto contra las los Pliegos de Condiciones que debían de regir el procedimiento de contratación de los festejos taurinos de Íscar para el año 2022.

Como ya explicamos, principalmente recurríamos en cuanto a la exigencia de solvencia técnica exigida por el Ayuntamiento de Íscar, y que no permitía a ZUÑIGA Y TOROS S.L. concurrir al procedimiento de licitación, el Tribunal ha resuelto que la misma no se ajusta a derecho, señalando en su resolución que:

“En definitiva, la cláusula 7.3 del PCAP incumple manifiestamente lo establecido en la LCSP, ya que el órgano de contratación infringió la obligación legal de establecer en el pliego criterios específicos de solvencia técnica o profesional para empresas de nueva creación, como es la empresa recurrente, constituida el 25 de julio de 2017.”

Igualmente, el Tribunal avala la tesis planteada por ZUÑIGA Y TOROS S.L. en relación al establecimiento de una relación de nombres entre los que elegir a la hora de confeccionar los carteles, exponiendo en los fundamentos de derecho de forma impecable que tal enumeración atenta contra los principios de igualdad de trato, no discriminación y transparencia que deben regir la contratación pública.

Concluye el Tribunal que el Ayuntamiento deberá tomar las medidas necesarias para ajustar los pliegos a la normativa vigente en materia de contratación pública.

Desde ZUÑIGA Y TOROS S.L. queremos hacer constar que nuestro único objetivo es el desarrollo de nuestra actividad empresarial, la organización de festejos taurinos, con la mayor calidad posible para que todos cuantos amamos esta bendita pasión que es la tauromaquia podamos disfrutar de ella en su máximo esplendor.

Que, con la presentación del recurso ante el TARCYL, únicamente pretendíamos defender nuestro derecho como empresarios a poder presentarnos a una licitación pública en condiciones de igualdad y libre competencia con el resto de licitadores que pudieran concurrir.

Que aceptamos la legislación vigente, y si bien es indudable la experiencia y buen hacer que avalan a CARLOS ZUÑIGA MANSO, entendemos que no puede hacer valer su experiencia de más de 20 años como empresario de plazas de gran prestigio, como lo son Coruña, Gijón, Burgos, Zamora y actualmente Zaragoza, porque la Ley de Contratos establece que únicamente debe admitirse como criterio de solvencia técnica, como máximo, la actividad desarrollada en los últimos 5 años. Pero a la vez que aceptamos estas limitaciones legales, y hoy el TARCYL nos ha reconocido tal derecho, no podemos permitir que no se nos trate en igualdad de condiciones para poder optar a gestionar una plaza de toros, y por ello hemos pedido el amparo del Tribunal habiendo obtenido una resolución favorable en este sentido. Por tanto, no somos nosotros quien tiene que dar explicaciones. Ni queremos, ni hemos querido nunca que Íscar se quedara sin toros, es el Ayuntamiento quien debe solucionar el entuerto que ha generado, y demostrado queda que no tenía razón. En nuestro ánimo solo estaba cumplir con nuestro objetivo empresarial, organizar festejos taurinos, que Íscar tenga los festejos taurinos que se merece y vuelva a tener su prestigio como segunda feria más importante de la provincia de Valladolid

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí