Protocolo festejos taurinos en Extremadura frente al Covid19

Guía de actuación frente al coronavirus (covidͲ19) para espectáculos taurinos

Guía de actuación frente al COVIDͲ19 para espectáculos taurinos
1. Introducción
La COVID19 es una enfermedad producida por un coronavirus, desconocido anteriormente en la patología humana. Se transmite de persona a persona por vía respiratoria a través de gotas de más de 5 micras, cuando la persona infectada presenta sintomatología respiratoria (tos y estornudos) o incluso cuando está asintomática. También puede transmitirse por contacto directo con secreciones de personas infectas, a través de las manos o superficies.
El periodo de incubación puede variar entre 2 y 14 días. Por ello, las mejores medidas de
protección son el aislamiento de personas contagiadas y portadoras del virus, así como la higiene personal.

Por su parte, el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC) ha indicado que, si bien los animales en China era la fuente probable de la infección inicial, el virus se está propagando de persona a persona, principalmente a través de las gotas respiratorias que las personas expulsan al toser, estornudar, hablar, etc.

Para poder mantener el control de la infección se deberán incorporar las precauciones y medidas de prevención necesarias para la minimización de riesgos, en todas las actividades que supongan riesgo por el hecho de tener contacto entre personas con el fin de preservar en todo momento la salud y el bienestar del conjunto de la sociedad.

Por ello, se elabora esta guía de actuación frente al COVIDͲ19, en el contexto de la
apertura de plazas de toros y recintos cerrados donde se celebren espectáculos taurinos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

II. Objetivo
Con esta guía de actuación se pretende:
1. Garantizar la salud de las personas.
2. Controlar la propagación del virus.
3. Complementar las medidas sociales que las autoridades recomienden oestablezcan.
4. Garantizar la celebración de espectáculos taurinos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, como un bien económico, social y cultural.

III. Responsabilidades
Las empresas u organizadores públicos o privados deben adecuar e implementar las
medidas establecidas en las normativas determinadas por las Autoridades Sanitarias.
Los empleados de estas empresas u organizadores deben cumplir y hacer cumplir estas
normativas.

IV. Protocolo de actuación
1. Las instalaciones que se utilicen en las labores previas al espectáculo, como son
dependencias de corrales, chiqueros, etc. serán desinfectados anteriormente con una
solución de agua e hipoclorito sódico al 1,5% o con cualquier desinfectante virucida
autorizado y registrado por el Ministerio de Sanidad, siguiendo las pautas indicadas en
la etiqueta.

2. Al llegar los vehículos que transportan los animales que van a ser lidiados o que
puedan intervenir en el espectáculo (Ej.: cabestros, caballos de picar, caballos de
rejoneo, mulillas, etc.) deben ser desinfectadas sus ruedas con uno de los productos
indicados en el punto anterior.

3. Todos los operarios y todo el personal que intervenga en estas labores previas, así
como veterinarios, presidentes, asesores, delegados gubernativos, ganaderos,
mayorales, etc. utilizarán mascarillas en todo momento.

4. Se dispondrá por parte de la empresa u organizador del espectáculo de geles
hidroalcohólicos colocados estratégicamente para la desinfección de manos de todos
los intervinientes en las labores previas.

5. Antes de la celebración del espectáculo, serán limpiadas y desinfectadas con uno de
los productos indicados en el punto 1 las entradas a la plaza o recinto donde se vaya a
desarrollar el espectáculo, así como todas las escaleras, vomitorios y graderío o lugar
donde se vayan a ubicar los espectadores y los intervinientes en el espectáculo.

6. En las entradas a la plaza o recinto donde se vaya a celebrar el espectáculo habrá geles
hidroalcohólicos para la desinfección de manos.

7. Los espectadores se desinfectarán las manos con los geles hidroalcohólicos colocados
en las entradas al recinto o plaza de toros.

8. Siempre que sea posible, se habilitará una o más de las entradas a la plaza o recinto
solo para acceso de los espectadores y otra salida o más para la evacuación de los
mismos al terminar el espectáculo.

9. Los espectadores irán provistos de mascarillas.

10. El aforo a las plazas o a recintos donde se desarrollen los espectáculos estará limitado
al 50% hasta el 31 de julio de 2020 y al 75% a partir del 1 de agosto del mismo año.

11. Se guardará la distancia de 1,5 metros que recomienda el Ministerio de Sanidad entre
un espectador y otro en el caso de no poder utilizar mascarilla por las razones
legalmente establecidas.

12. No podrá haber aglomeraciones ni al entrar ni al salir del espectáculo, así como a la
salida a hombros de los toreros, guardando en todo momento la distancia a la que se
hace referencia en el punto 10, excepto al portador del torero.

13. Los útiles de la lidia (capotes, muletas, estaquilladores, banderillas, rejones, espadas,
verduguillos, etc.) serán desinfectados previamente a ser utilizados.

14. Los empresarios u organizadores de espectáculos taurinos deberán tener un Plan de
Contingencia ante posibles casos de enfermedad compatible por COVIDͲ19 de algún
trabajador que haya intervenido en los mismos. Este Plan de Contingencia debe
acompañar a la documentación que normativamente deben presentar los
organizadores de los espectáculos ante la Administración correspondiente.

En Mérida, junio de 2020.